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Lazarillo de Tormes: obra picarezca o declaración judicial.

Introducción

 

La vida de Lazarillo de Tormes es una obra anónima que data de 1554 y se considera la marca inaugural de la novela picaresca de la literatura renacentista. Al respecto, como sostiene Fonger de Haan, citado por Campuzano, la novela picaresca "es la autobiografía en prosa de una persona, verdadera o ficticia, que procura sustentarse por medios loables y reprobables y que, al contar sus experiencias entre las diversas clases sociales, señala los males que apercibió” (1949, p. 190).

 

Una particularidad del género picaresco (o burlesco) es que se centra en el realismo y por tal en la descripción de su entorno; en ese sentido, como refiere Campuzano, estas obras son una mina valiosa de informes documentales de la vida española de su época (aproximadamente unos cien años, desde 1554, la aparición del Lazarillo hasta 1646, la de Estebanillo)” (1949, p. 190). Tal es así que se observan referencias a Tejares, Salamanca, Almorox, Escalona, Torrijos, Maqueda, Toledo, e incluso al momento histórico, ya que como sostiene Duran “algunos de sus detalles ayudan a corroborar la datación de la obra, por ejemplo, el año estéril de pan. Lázaro menciona que se vivía gran escasez en Toledo y (…) en la correspondencia del Emperador, de febrero de 1529, desde Toledo, escribe a Francisco Quiñones, cardenal de Santa Cruz, antes de dirigirse hacia Barcelona, y le habla del año estéril de pan (trigo) que están sufriendo” (2016, p. 28).

 

En el mismo orden de ideas, la referencia a la entrada triunfal de Carlos V en Toledo para celebrar unas cortes nos orienta algo en cuanto a la fecha de publicación; sin embargo, como refiere Sicroff “queda en pie la duda de si el pasaje alude a las cortes de 1525 o a las de 15381” (1957, p. 157). Sin demérito de lo anterior, cabe destacar que las primeras ediciones conocidas son de 1554, por lo que debió transcurrir un período aproximado de 29 o de 16 años durante el cual se escribió la obra, aunque tampoco hay certeza de ello ya que, si bien su primera aparición data de 1554, como señala Sicroff “ninguna de las tres ediciones de ese año (Burgos, Alcalá y Amberes) parece ser la primera [aunado a] que el Lazarillo circuló en forma manuscrita antes de imprimirse” (1957, p. 157).

 

En este sentido, resulta complejo establecer una fecha cierta, como ocurre con relación al autor de la obra ya que, si bien la difusión se ha efectuado con autor anónimo y como indica Américo Castro -citado por Sicroff-, este anonimato debe considerarse como un elemento artístico esencial de la obra y hay que aceptarlo como tal; es cierto que la lista de posibles autores es bastante amplia con nombres como Diego Hurtado de Mendoza, Juan y Alfonso de Valdés, Cristóbal de Villalón,  Lope de Rueda y Sebastián de Horozco; sin embargo en ningún caso hay pruebas contundentes (1957).

 

Ahora bien, grosso modo la obra de Lazarillo de Tormes gira en torno a Lázaro, un niño ingenuo que, debido a las adversidades y complejidades que atraviesa, se convierte en un joven pícaro que lucha por sobrevivir, hasta su adultez, donde consigue cierta prosperidad, no sin muchas peripecias de por medio.

 

Es un relato en primera persona en el que Lázaro-Lazarillo cuenta la historia de su vida desde su infancia; cuando su padre fallece y su madre ante la incapacidad de mantenerlo lo pone al servicio de un ciego y partir de ahí, hace su vida, sirviendo de manera consecutivas a un total de nueve amos: el clérigo, el escudero, el fraile de la merced, el buldero, el pintor, el capellán, el alguacil y el arcipreste de San Salvador.

 

Estos, le dejan una serie de enseñanzas, pero no a la usanza de las obras caballerescas o de conocimiento libresco de corte medieval, sino de lo que podría denominarse como astucia callejera, para superar las adversidades y sobrevivir, dando cuenta de la existencia de un mundo en el que los valores se han invertido: el vicio se ha erigido en principio que regula la existencia de esta humanidad que, aun cuando afecta preocupación por las cosas sagradas, se ha olvidado de Dios y, más aun, de los valores y deberes morales de las autoridades civiles y eclesiásticas.

 

En ese tenor, el libro retrata la evolución de su protagonista, desde que es un joven pobre e ignorante hasta que -no con pocos sinsabores-, se convierte en un pícaro astuto que engaña a sus dueños para poder comer, beber y sobrevivir; razón por la cual, se evidencia que la citada premisa de Fonger de Haan respecto de la novela picaresca es válida en la obra en estudio, ya que se trata de una autobiografía que cuenta las experiencias loables y reprobables en el contexto de la sociedad donde se desenvuelve.

 

Planteamiento general

 

Ahora bien, con relación al fragmento propuesto, se precisa que forma parte del prólogo de la obra qué a manera de advertencia e invitación, conmina a la lectura en los términos siguientes:

 

"Suplico a Vuestra Merced reciba el pobre servicio de mano de quien lo hiciera más rico si su poder y deseo se conformaran. Y pues Vuestra Merced escribe se le escriba y relate el caso muy por extenso, parecióme no tomarle por el medio, sino del principio, porque se tenga entera noticia de mi persona, y también porque consideren los que heredaron nobles estados cuán poco se les debe, pues Fortuna fue con ellos parcial, y cuánto más hicieron los que, siéndoles contraria, con fuerza y maña remando, salieron a buen puerto."

 

En ese sentido de un primero intento de reestructuración del orden de las oraciones, se puede proponer como expresión análoga de la advertencia lo siguiente:

 

·       Le pido a usted que acepte esto que le digo y, a usted que escribe, escriba esto que le cuento desde el principio de mi historia, para que los nobles consideren lo afortunados que son en contraste con los que no, quienes tuvimos que esforzarnos más para tener algo en la vida.

 

Con base en lo anterior surgen dos cuestiones: la primera en torno a que más allá de una advertencia al lector, parece que se trata del preámbulo de una especie de declaración, justificación o dispensa; la segunda respecto a que no parece una disertación o autorreflexión –a manera de epístola-, sino que parece dirigida a un interlocutor al que se le habla directamente en segunda persona (tu/usted).

 

Ante lo cual surge la duda en torno a si con base en el texto es dable sustentar que la obra en estudio, en realidad es una justificación ante alguien que imputa algún hecho -quizás delictivo o moralmente reprobable- al autor, esbozada a manera de dispensa. Derivado de lo cual se propone como planteamiento hipotético que: Con base en el prólogo de la obra, se puede presumir que el relato es una exhaustiva comparecencia judicial que pretende formular una excusa absolutoria de la imputación de algún delito o falta a la moral.

 

Plan de desarrollo

 

A fin de dilucidar lo anterior, además del análisis de las figuras retoricas morfosintácticas del extracto, para determinar el sentido de las oraciones, se efectuará una revisión de la literatura especializada, particularmente de aquella enfocada en las cuestiones estructurales y semánticas de la obra tales como Cros, E. (1976), Durán, R. N. (2016), Muñoz, J. V. (1977). Wolfenzon, C. (2007), Campuzano, E. (1949, etc; así como una comparación con algunas obras del genero picaresco.<g

 

Aunado a ello se efectuará una aproximación a los procedimientos inquisitoriales de la época, a fin de conocer si los alegatos con pretensión absolutoria forman parte los mismos y, en su caso, sustentar la propuesta de que la obra en comento es precisamente un discurso con tal objetivo.

 

Desarrollo

 

De una aproximación inicial al texto seleccionado, se observa que el texto en sí, presenta toda una serie de artificios retóricos morfosintácticos y semánticos (Beristáin, 1995), principalmente: el Hipérbaton, con una fuerte alteración del orden lógico de los sintagmas de casi todas las oraciones; quiasmos o paralelismos como se observa en las últimas oraciones contrastando la fortuna; así como elipsis en la voz del autor cuando se pretende referir asimismo en las distintas oraciones.

 

Aunado a ello se observa un uso general de la hipérbole con la continua exageración como en “quien lo hiciera más rico si su poder y deseo se conformaran” (Anónimo, 1554), metonimia como en “heredaron nobles estados” (Anónimo, 1554) refiriéndose a los ricos, en la anáfora con la repetición de palabras como vuestra merced y la anfibología por la ambigüedad de los conceptos.

 

En lo atinente al hipérbaton, entendido como una “figura de construcción que altera el orden gramatical de los elementos del discurso” (Beristáin, 1995, p. 249), se observa en expresiones como: “Suplico a Vuestra Merced reciba el pobre servicio de mano de quien lo hiciera más rico si su poder y deseo se conformaran” (Anónimo, 1554). Lo anterior ya que de una reinterpretación que permita superar la anfibología -considerada como la ambigüedad de los significados- y reacomodar los argumentos de la oración podría proponerse que el autor indica lo siguiente: Te pido recibas esto que espero te convenza.

 

En los mismos términos, la expresión “Y pues Vuestra Merced escribe se le escriba y relate el caso muy por extenso, parecióme no tomarle por el medio, sino del principio, porque se tenga entera noticia de mi persona (Anónimo, 1554)”; podría entenderse en el contexto actual como: ya que tu escribes, escribe el relato de mi persona desde el principio.

 

Finalmente, la expresión “porque consideren los que heredaron nobles estados cuán poco se les debe, pues Fortuna fue con ellos parcial, y cuánto más hicieron los que, siéndoles contraria, con fuerza y maña remando, salieron a buen puerto." (Anónimo, 1554); podría replantearse en sentido de que: aquellos afortunados sean considerados con los que no lo son.

 

En ese tenor, de la reintegración de los argumentos de la oración podría suponer la intención de referir lo siguiente: Te cuento el relato de mi desafortunada vida esperando que se me justifique. Ante lo cual se observa que en realidad no es una advertencia al lector sino la solicitud de dispensa e incluso las expresiones iniciales en la formulación de alegatos de apertura en la presentación de la defensa en un procedimiento legal.

 

Con relación a la intención dialógica entre aviso y dispensa del prólogo, en primer término, habría que considerar si las obras del género picaresco contienen intenciones o similares en sus textos, para lo cual es dable destacar como algunas de las más icónicas tales como: Libro de entretenimiento de la pícara Justina (López de Úbeda, 1605), así como  Guzmán de Alfarache (Aleman, 1598).

 

Respecto a la obra de entretenimiento de la pícara Justina, en el prólogo se puede observar una interesante antítesis con cierto toque de ironía ya que, por una parte, lisonjea a las obras y escritores de temas sacros señalándolas como únicas dignas de lectura y, por la otra, sugiere que hay otras más mundanas que se deben leer como una especie de conocimiento anecdótico, lo cual se observa en las siguientes líneas:“De aquí infiero que si el siglo presente siguiera tan docto y sano consejo como el de estos famosos varones, no me atreviera aun a imaginar el estampar este libro; pero atendiendo a que no hay rincón que no esté lleno de romances impresos, inútiles, lascivos, picantes, audaces, improprios, mentirosos, ni pueblo donde no se represente amores en hábitos y trajes y con ademanes que incentivan el amor carnal; y, por otra parte, no hay quien arrastre a leer un libro de devoción, ni una historia de un sancto, me he determinado a sacar a luz este juguete…” (López de Ubeda, 1605).

 

En este sentido se observa que el prólogo es una especie de advertencia sobre el contenido de la obra que se aleja de aquello que se consideraba digno de estudiar, anticipando situaciones consideradas vergonzosas o inmorales para aquella época.

 

Ahora bien, con relación a Guzmán de Alfarache (Aleman, 1598), tenemos que en el prolegómeno el autor plantea una intención similar al antes indicado ya que, por una parte, esboza un escarnio a la literatura no clerical, llegando incluso a agraviar al denominado vulgo, cuando indica que “No es nuevo para mí, aunque lo sea para ti, oh enemigo vulgo, los muchos malos amigos que tienes, lo poco que vales y sabes, cuán mordaz, envidioso y avariento eres; (…) No miras ni reparas en las altas moralidades de tan divinos ingenios y sólo te contentas de lo que dijo el perro y respondió la zorra (…) Quiero más la reprehensión del bueno, por serlo el fin con que la hace, que tu estimación depravada, pues forzoso ha de ser mala” (Aleman, 1598). Por otra parte, pretende la aceptación como conocimiento antitético, es decir aprender algo bueno de supuestas experiencias malas, lo cual queda claramente manifiesto en una de las redondillas que incluye la obra, es decir: “En él se ha de discernir / Que con un vivir tan vario / Enseña por su contrario / La forma de bien vivir” (Aleman, 1598).

 

En este sentido, se observa que el prolegómeno funge como advertencia del contenido con cierto toque irónico de que no debe leerse queriendo que se lea.

 

Por otra parte, se considera que la advertencia más que necesaria, era común a todas las obras de época, ya que generalmente en las licencias, prólogos, privilegios y portadas; se asentaban solicitudes de publicación, ruegos a dios y permisos a los reyes y a los lectores; razón por la cual, al ser producto de su época, el texto en estudio es concorde.

 

No pasa inadvertida la existencia de obras adicionales de gran valor como “Rinconete y Cortadillo”, “El Casamiento Engañoso”, “El Licenciado Vidriera”, “Estebanillo González”, sin embargo, además de que algunas no cuentan con prólogo o prolegómeno, la anteriores dejan en evidencia que en el género picaresco no se estipula una dispensa a manera de excusa absolutoria, sino que se limitan a indicar -antitética e irónicamente-, que el contenido no es digno de lectura.

 

En ese caso surge la cuestión en torno a quien es vuestra merced a la que se alude en el Lazarillo de Tormes, porque tiene que escribir lo que se le cuenta y cuál es la razón de una exposición tan larga; todo lo cual es teorizado por Claudio Guillen, citado por Wolfenzon, al señalar que Lázaro escribe su autobiografía dirigiéndose a un misterioso personaje de rango superior al que denomina vuestra merced, destinatario de su exposición, por lo cual, la decisión de contar su caso no es voluntad Lázaro, sino que es obligado a declarar pues es interpelado por la justicia, ya que -a dicho de Guillen-, se le acusa de ser un marido complaciente y de permitir el adulterio de su mujer (2007, p. 1)

 

Al declarar, el personaje no sólo decide referirse indirectamente al tema en cuestión sino hacer un recuento de los que juzga los momentos cruciales de su historia personal. En ese sentido agrega Wolfenzon (2007) que Lázaro es consciente de que conseguir su salvación depende de su coherencia y de la piedad que inspire su relato, es decir, de que el destinatario se sensibilice con su carta. Por ello, decid expandirse y hacer una entera relación de su vida.

 

Esto toma relevancia si se considera que, en aquella época, estaba vigente uno de los sistemas punitivos más rígidos de la historia, es decir: el tribunal del santo oficio o la santa inquisición; que tenía tipificado al adulterio y la bigamia como delito, a partir de los decretos sobre el matrimonio que se aprobaron en el Concilio de Trento de 1545, en que se regularizó la validez jurídica del matrimonio canónico y el control eclesiástico sobre la institución matrimonial; con lo cual, siguiendo a Enrique Fernández “a partir de Trento, quedó cerrado el camino más importante de cuantos llevaban a una bigamia impune. En lo sucesivo aparecería ya como un delito con un elevado riesgo de descubrimiento y represión, y los bígamos, por las especiales circunstancias de su delito, hubieron de recurrir, en sus intentos de ocultarlo para escapar del castigo” (1987, p. 468)

 

Lo anterior, toda vez que como sostiene Fernández (1987) la conducta del bígamo podía interpretarse como indiciaria de que éste albergaba creencias erróneas acerca del sacramento del por lo que, durante siglos, los bígamos resultaron procesados y, eventualmente, condenados, no por los perjuicios jurídicos o económicos que su conducta provocara en el ámbito familiar y social, sino por incurrir en sospecha de fe. Lo cual se redimensiona al caso, partiendo de que para este tipo de ilícitos la doctrina inquisitorial resolvió que quienes hubieran testificado en falso, o falsificado documentos para facilitar al bígamo la comisión de su pecado debían ser juzgados también por el Santo Oficio, en cuanto cooperantes en un delito sometido a la jurisdicción de este (1987, pp. 470-492).

 

Ante lo cual, resulta necesario evocar lo indicado en el tratado séptimo del Lazarillo en que se indica lo siguiente:

 

“Más malas lenguas, que nunca faltaron ni faltarán, no nos dejan vivir, diciendo no sé qué y sí sé qué, de que ven a mi mujer irle a hacer la cama y guisalle de comer. Y mejor les ayude Dios, que ellos dicen la verdad, aunque en este tiempo siempre he tenido alguna sospechuela y habido algunas malas cenas por esperalla algunas noches hasta las laudes, y aún más, y se me ha venido a la memoria lo que a mi amo el ciego me dijo en Escalona, estando asido del cuerno; aunque, de verdad, siempre pienso que el diablo me lo trae a la memoria por hacerme malcasado, y no le aprovecha.” (

 

Con base en lo anterior y partiendo de que para dar inicio a los procedimientos punitivos del santo oficio bastaba con la recepción de una denuncia incluso formulada por malas lenguas, que dieran cuenta del adulterio, es una valida suposición que Lázaro fue interpelado para comparecer ante el santo oficio para descargo de la posible participación como encubridor, ya que es él mismo quien refiere que “algunos de mis amigos me han dicho algo de eso, y aun por más de tres veces me han certificado que, antes que conmigo casase, había parido tres veces, hablando con reverencia de Vuestra Merced, porque está ella delante”.

 

Más aun considerando que, siguiendo a Bravo, en la inquisición se ordenaba la comparecencia del cónyuge, pero no solo como víctima del ilícito, sino -según fuera el caso-, vinculado como participe, al permitir la consumación del acto y la traición a la fe, lo cual se robustece con la premeditada aceptación del adulterio como se observa en la expresión “Y así quedamos todos tres bien conformes” (…); esto, adminiculado con el temor fundado a los tormentos y torturas para sustraer la confesión, ya que, “aplicar tormento no era una acción que se realizara fuera de la normatividad, si bien es cierto que se ejecutaba en la más plena secrecía como el resto del proceso, también lo es que la tortura misma tenía un carácter procedimental, estaba incluida dentro de las instrucciones y por lo tanto reflejaba la voluntad jurídico-eclesiástica de martirizar para extraer la verdad dentro de los estándares legales” (Bravo, 2016).

 

En mérito de lo indicado se puede establecer con una presunción valida que el protagonista de la historia hacer una vasta relatoría de su vida, para justificar que en el caso de adulterio que se le imputaba, su esposa lo engaño a el bajo juramento, el arcipreste también le juró que eran falsas las acusaciones y él, por su pobre condición, no tenía opción más que aceptar el dicho.

 

Conclusión

 

Por lo expuesto, es dable sustentar la validez de la propuesta, ya que Lázaro es consciente de su discurso, manipula al lector en todo momento, y sabe que depende de sus habilidades de buen relator/escritor para salvarse del tormento que depara la participación en el delito de adulterio; incluso, se ha llegado a sustentar que “el Lazarillo se asienta sobre dos textos omisos: el primero anterior al objeto narrado -la carta de Vuestra Merced- donde le pide a Lázaro que "se le escriba", el segundo, posterior a su enunciación: la sentencia que recibirá el protagonista, a la que el lector no accede, desconociendo si el personaje fue condenado o inculpado” (Wolfenzon, 2007, p. 4)

 

Referencias

 

1.      ANONIMO (1554). La vida de Lazarillo de Tormes y de sus fortunas y adversidades. Cervantes Virtual. https://www.cervantesvirtual.com/obra-visor/la-vida-de-lazarillo-de-tormes-y-de-sus-fortunas-y-adversidades--0/html/fedb2f54-82b1-11df-acc7-002185ce6064_2.html#I_0_ 

2.      BERISTÁIN, H. (1995). Diccionario de retórica y poética. México: Porrúa.

3.      BRAVO, N. T. (2016).  El Santo Oficio de la Inquisición en España: una aproximación a la tortura y autoincriminación en su procedimiento. México: UNAM. http://historico.juridicas.unam.mx/publica/rev/hisder/cont/16/art/art4.htm 

4.      CAMPUZANO, E. (1949). Ciertos aspectos de la novela picaresca. Hispania, 32(2), 190–197. https://doi.org/10.2307/333071

5.      CROS, E. (1976). Semántica y estructuras sociales en el “Lazarillo de Tormes.” Revista Hispánica Moderna, 39(3), 79–84. http://www.jstor.org/stable/30208608

6.      DURÁN, R. N. (2016). Dar la palabra al texto de “La vida de Lazarillo de Tormes.” Revista Canadiense de Estudios Hispánicos, 41(1), 11–33. http://www.jstor.org/stable/26310080

7.      FERNÁNDEZ, E. G. (1987). El delito de bigamia y la Inquisición española. Anuario de historia del derecho español, 465-492. https://revistas.mjusticia.gob.es/index.php/AHDE/article/download/4016/4016 

9.      MUÑOZ, J. V. (1977). El Lazarillo de Tormes como una paradoja racional. Revista Canadiense de Estudios Hispánicos, 1(2), 153–184. http://www.jstor.org/stable/27761938 

10.  SICROFF, A. A. (1957). Sobre el estilo del Lazarillo de Tormes. Nueva Revista de Filología Hispánica11(2), 157–170. http://www.jstor.org/stable/40297081 

11.   WOLFENZON, C. (2007). UNIDAD Y FRAGMENTACIÓN EN “LAZARILLO DE TORMES.” Hispanófila, 149, 1–16. http://www.jstor.org/stable/43807612 

 
 
 

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